lunes, 22 de diciembre de 2014

SUBVENCIONES DE APOYO A LA IMPLANTACIÓN DEL INFORME DE EVALUACIÓN DE LOS EDIFICIOS

En Castilla y León, el 19 de diciembre de 2014, se ha publicado la convocatoria de subvenciones destinadas al apoyo a la implantación del informe de evaluación de los edificios.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

La convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización del informe de evaluación de los edificios situados dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León que incluya el análisis de las condiciones de accesibilidad, eficiencia energética y estado de conservación de los mismos.

¿Qué actuaciones y gastos son subvencionables?

La ayuda consistirá en subvencionar parcialmente los gastos de honorarios profesionales por la emisión del informe de evaluación del edificio.


¿Quiénes pueden ser beneficiarios de las subvenciones?

Las comunidades de vecinos, agrupaciones de comunidades o propietarios únicos de edificios de carácter predominantemente residencial, que cuenten con el citado informe de evaluación antes de que finalice el año 2016.

¿Cuáles son las características del informe?

El informe contendrá, de manera detallada, los aspectos relacionados en el Anexo II del Real Decreto 233/2013, en relación con el análisis del estado de conservación del edificio, la determinación de si el edificio es susceptible o no de incorporar ajustes razonables en materia de accesibilidad y la certificación de la eficiencia energética.
El informe de evaluación del edificio, o en su caso, de la inspección técnica de edificios, deberá haber sido emitido y presentado ante el correspondiente Ayuntamiento con posterioridad al 10 de abril de 2013 y antes de la fecha de finalización del plazo para la presentación de solicitudes.

¿Cuál es la cuantía de la subvención?

Las ayudas consistirán en una subvención, equivalente a una cantidad máxima de 20 euros por cada una de las viviendas de las que conste el edificio, y una cantidad máxima de 20 euros por cada 100 m2 de superficie útil de local, sin que en ningún caso pueda superarse la cantidad de 500 euros, ni el 50% del coste del informe por edificio.

¿Cuál es el procedimiento de concesión?

Las solicitudes se presentarán conforme al modelo normalizado que se publica como Anexo a la convocatoria y estará a disposición de los interesados tanto en los Servicios Territoriales de Fomento como en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en la página web de la Junta de Castilla y León (https://www.jcyl.es).

Las solicitudes podrán presentarse de forma presencial en cualquiera de los registros previstos en el artículo 15 del Decreto 2/2003 y en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992.

De igual modo, las solicitudes podrán presentarse de forma electrónica en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es). Para ello, los solicitantes deberán disponer de DNI electrónico, o de cualquier certificado electrónico que haya sido previamente reconocido por esta Administración y sea compatible con los diferentes elementos habilitantes y plataformas tecnológicas corporativas.
Debido a la complejidad y naturaleza de la documentación a presentar, se excluye la presentación de las solicitudes por medio de telefax.

El plazo de presentación de solicitudes será de tres meses contado desde el día siguiente a aquel en el que se publique la orden de convocatoria de las ayudas en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
La convocatoria surte efectos desde el día 20 de diciembre de 2014.

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