jueves, 11 de diciembre de 2014

SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE CAMPOS DE TRABAJO

En Aragón, el 27 de noviembre de 2014, se ha publicado la convocatoria de subvenciones para la realización de Campos de Trabajo en el marco del Programa Voluntariado y Solidaridad 2015, del Instituto Aragonés de la Juventud.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

La convocatoria de subvenciones con destino a la realización de Campos de Trabajo, en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón durante los meses de julio y agosto, en el marco del Programa Voluntariado y Solidaridad del Instituto Aragonés de la Juventud para el año 2015, con sujeción a las bases disponibles en la siguiente página de Internet: http://juventud.aragon.es.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios de las subvenciones?

Las Entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas, e inscritas en el correspondiente Registro Público, con sede y ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Aragón.




¿Qué proyectos son subvencionables?

Podrán ser objeto de subvención los Proyectos de Campos de Trabajo que reúnan los siguientes requisitos:

a) Deberán adecuarse a las funciones asignadas al Instituto Aragonés de la Juventud y a las necesidades del entorno juvenil.
b) Deberán ir dirigidos a la realización desinteresada de actuaciones o servicios de claro interés social mediante jóvenes voluntarios en alguna de las siguientes modalidades: arqueología; construcción-restauración; artesanía-etnología; ecología-medioambiente; agricultura-jardinería; integración social; protección civil; investigación-estudio; turismo.
c) El proyecto que fundamenta el Campo de Trabajo, deberá contemplar la participación de 20 voluntarios con una duración de 15 días naturales.
d) El proyecto de Campo de Trabajo puede ir dirigido a la participación de voluntarios incluidos en uno de los dos intervalos de edades siguientes: de 15 a 17 años o de 18 a 26 años.
e) Los Campos de Trabajo dirigidos a jóvenes cuya edad esté comprendida entre los 18 y 26 años podrán ser nacionales o internacionales según el ámbito subjetivo de los mismos.
f) Los Campos de Trabajo que se dirijan a jóvenes entre los 15 y los 17 años, deberán ser de ámbito nacional.
g) El proyecto deberá contemplar igualmente las previsiones de alojamiento y alimentación de los participantes, así como un programa detallado de actividades complementarias, recreativas, culturales u otras análogas dirigidas a favorecer la integración de los jóvenes participantes en el grupo y en la comunidad local donde se desarrolle.
h) El proyecto deberá contener la relación del equipo directivo necesario para la realización de las actividades propuestas, así como el personal de cocina si es necesario, todos ellos con las titulaciones adecuadas. Será obligatoria la presencia continuada en el Campo de Trabajo de un miembro del equipo directivo que se responsabilice del grupo de jóvenes. En los Campos de Trabajo con menores entre los 15 y 17 años es obligatoria la presencia de dos monitores de tiempo libre.
i) El Campo de Trabajo deberá desarrollarse en territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón, durante los meses de julio y agosto de 2015.
j) En los Campos de Trabajo Internacionales, será obligatorio el desarrollo de los mismos en español e inglés. Para ello, la entidad deberá designar una persona que domine el inglés, debiendo acreditarlo documentalmente. Asimismo la entidad, cuando se le solicite, deberá proporcionar la ficha del Campo de Trabajo en inglés.
k) Será obligatoria la suscripción de las pólizas de seguros necesarias para cubrir la responsabilidad civil de la entidad ante cualquier eventualidad, así como los seguros de accidentes necesarios para su personal contratado. El IAJ ofrecerá la póliza de seguros de accidentes para los participantes inscritos en el mismo.
l) El proyecto presentado deberá recoger si el Campo de Trabajo está adaptado para personas con necesidades especiales. La entidad deberá acoger a los participantes inscritos en cada Campo de Trabajo con las normas establecidas por el Instituto Aragonés de la Juventud. El IAJ se reserva el derecho a otorgar plazas para jóvenes con necesidades educativas especiales y sociales. No obstante, deberá informar debidamente a la entidad de los requerimientos específicos para cada joven.

¿Cuál es el importe de la subvención?

La cuantía de la subvención concedida en los Campos de Trabajo Nacionales no podrá ser inferior a 6.000 euros ni superior a 8.500 euros. La entidad contará como otros ingresos con las cuotas de los participantes que serán ingresadas directamente en la cuenta bancaria que cada entidad adjudicataria designe para tal fin. La cuota establecida por las Comunidades Autónomas en el año 2014 para los participantes fue de 90 euros.

La cuantía mínima de la subvención concedida en los Campos de Trabajo Internacionales no será inferior a 7.800 euros ni superior a 10.000 euros. La entidad no contará, en este caso, como ingresos con las cuotas de los participantes, que serán ingresadas en la cuenta del Instituto Aragonés de la Juventud.

¿Cómo, cuando y donde se presentan las solicitudes?

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación de la orden en el "Boletín Oficial de Aragón", y concluirá el 30 de diciembre de 2014.


Las solicitudes podrán presentarse en los Registros Generales de Entrada de la Diputación General de Aragón, o a través de los Servicios de Información y Documentación Administrativa ubicados en las diferentes provincias aragonesas, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992.

SUBVENCIONES A UNA PARTE DEL COSTE DE CONTRATACIÓN DE LOS SEGUROS AGRARIOS

En Aragón, el 28 de noviembre de 2014, se ha publicado la convocatoria de subvenciones a una parte del coste de contratación de los seguros agrarios para el ejercicio 2014.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

Las subvenciones destinadas al pago de parte del coste generado por la contratación de los seguros agrarios suscritos en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2014 y el 28 de febrero de 2014, para las explotaciones ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón. La relación de los seguros subvencionados se contiene en el anexo a la orden de la convocatoria.

¿Qué actividad y que gastos son subvencionables?

La suscripción de un contrato de seguro agrario con alguna de las entidades aseguradoras o agentes autorizados integrados en la Agrupación Española de Entidades Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados S.A. (en adelante, Agroseguro).
No serán subvencionables las pólizas contratadas por asegurados que tengan la consideración de administraciones públicas, grandes empresas y empresas dedicadas a la transformación y comercialización de productos agrarios.
Serán subvencionables las primas que hayan de satisfacer los asegurados, suscritas en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2014 y el 28 de febrero de 2014, en el límite y la proporción que recoge el anexo a la convocatoria.
En los casos de pólizas de seguro renovable, tendrán la consideración de solicitud de subvención la póliza de seguro inicialmente suscrita conjuntamente con el recibo de pago de la correspondiente anualidad.





¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Los titulares de una explotación agraria radicada en Aragón que suscriban, en el periodo de tiempo determinado, alguno de los seguros agrarios que se relacionan en el anexo de la convocatoria, y que declaren la integridad de su explotación.

¿Cómo, cuando y donde se presentan las solicitudes?

La formalización de la correspondiente póliza de contrato de seguro por el asegurado o por el tomador en su nombre, dentro del periodo comprendido entre el 1 de enero de 2014 y 28 de febrero de 2014, tendrá la consideración de solicitud de la subvención prevista en esta orden, siempre y cuando se encuentre correctamente cumplimentada, o haya sido subsanada y validada, en su caso, por Agroseguro, tanto en lo que se refiere a los elementos del contrato, de acuerdo con lo previsto al respecto por la normativa aplicable, como en lo relativo a todos los datos necesarios para la determinación de la ayuda correspondiente a la póliza suscrita.
En los casos de pólizas de seguro renovable, tendrán la consideración de solicitud de subvención la póliza de seguro inicialmente suscrita conjuntamente con el recibo de pago de la correspondiente anualidad. Se presumirá que el pago del recibo de la póliza constituye la manifestación de la aceptación de las condiciones del seguro y de la concurrencia de los requisitos para la percepción de las subvenciones correspondientes.