martes, 21 de julio de 2015

SUBVENCIONES PARA EL APOYO A AGRUPACIONES EMPRESARIALES INNOVADORAS CORRESPONDIENTES A 2015

En el BOE de 22 de junio de 2015 se ha publicado la convocatoria de subvenciones para el apoyo a agrupaciones empresariales innovadoras correspondientes a 2015

La Orden IET/1203/2015 efectúa para el año 2015 la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para mejorar la competitividad de las pequeñas y medianas empresas mediante el apoyo a las agrupaciones empresariales innovadoras.

El plazo para la presentación de solicitudes es de un mes a partir de la fecha de la publicación de la convocatoria.


Las actuaciones y tipos de proyectos objeto de ayuda en la convocatoria serán todos los establecidos en el artículo 6.1 de la Orden IET/1492/2014, esto es, la puesta en marcha y desarrollo de las estructuras de coordinación y gestión de las AEI «incipientes» mediante la financiación de parte de los costes del personal y de los gastos de administración y funcionamientola realización de estudios de viabilidad técnica, incluidos los de carácter preparatorio para proyectos de investigación, desarrollo experimental e innovación que permitan acceder a los programas comunitarios, estatales, autonómicos y municipales de apoyo vigentes; el desarrollo de actividades innovadoras; y el desarrollo de actividades de innovación de producto y/o proceso en cooperación entre varios miembros pertenecientes a una o a varias entidades inscritas en el Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas:

a) Para las ayudas relativas a la puesta en marcha y desarrollo de las estructuras de coordinación y gestión de las AEI incipientes mediante la financiación de parte de los costes del personal y de los gastos de administración y funcionamiento, solo serán elegibles las entidades registradas con carácter de «incipientes» en el Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

b) Para el resto de las actuaciones únicamente podrán ser beneficiarias aquellas entidades inscritas en el Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

Las ayudas no podrán superar el importe máximo total de ayuda de minimis, actualmente establecido en 200.000 euros.


El modelo de solicitud y cuestionario para la presentación de solicitudes de ayuda será el que figura, a título informativo, en el anexo I de la orden.

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