lunes, 4 de enero de 2016

AYUDAS PARA LA PROMOCIÓN DE LA INTERNACIONALIZACIÓN DE LA EMPRESA ESPAÑOLA

En el BOE de 21 de diciembre de 2015 se ha publicado la convocatoria de ayudas sin contraprestación a las asociaciones y federaciones de exportadores o entidades similares que tengan reconocida la condición de entidad colaboradora de ICEX, para actividades cuya realización esté prevista del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

La concesión de ayudas dinerarias sin contraprestación a las asociaciones o federaciones españolas de exportadores o entidades similares reconocidas como Entidades Colaboradoras de ICEX con las que se haya firmado el correspondiente convenio cuyo objeto sea el apoyo a la promoción de la internacionalización de la empresa española a través de determinadas actividades cuya realización esté prevista del 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2016. Para aquellas actividades de tracto sucesivo deberá acreditarse que la contratación de los elementos esenciales para el desarrollo de la misma se ha producido antes de dicha fecha.

 ¿Cuáles son las actividades que pueden ser objeto de ayuda?

1. Soportes de difusión y promoción: consiste en la elaboración de directorios, catálogos, folletos, carteles, diseño y creación de páginas web (no se incluye gastos de mantenimiento), expositores punto de venta, demás material informativo impreso o audiovisual o similar. Todo debe estar destinado a la internacionalización, editarse bajo la marca y nombre de la Entidad Colaboradora y estar vinculado a la ejecución de actividades concretas. No se incluirán costes internos.

2. Compra de documentación externa ya elaborada: Estudios de mercado, estudios de viabilidad comercial realizados por consultores externos o empresas especializadas y Oficinas Económicas y Comerciales, bases de datos y cualquier otro tipo de documentación o informes independientemente del soporte, que se adquieran a terceros.

3. Misiones Inversas: Viajes organizados a España con el fin de que periodistas, compradores, prescriptores de opinión o autoridades extranjeras conozcan las características de la oferta española mediante visitas a las zonas de producción, instalaciones, centros de producción de empresas y a ferias monográficas nacionales, de carácter internacional.

4. Stands Informativos Sectoriales: Stands organizados por la Entidad Colaboradora en ferias donde no se asiste con participación agrupada o no haya pabellón oficial.

5. Jornadas Técnicas: Gastos inherentes a la organización y desarrollo de Jornadas Técnicas como son el alquiler de salas y de equipos audiovisuales, la decoración, el material promocional y servicios profesionales, el desplazamiento y alojamiento de invitados extranjeros en jornadas técnicas inversas, y cualquier gasto que ICEX considere justificado para el desarrollo de la jornada técnica.

6. Otras actividades de internacionalización: Se podrá solicitar ayuda para cualquier otra actividad de promoción de la internacionalización no incluida en los apartados anteriores y que la Entidad Colaboradora acredite ser de oportunidad para su sector en el mercado objetivo para el que se solicite. En particular cabe destacar los seminarios, jornadas, congresos y convenciones.

7. Bolsas de Viaje: Viajes necesarios para la asistencia de los representantes de las Entidades Colaboradoras a distintas actividades promocionales en el extranjero como misiones estudio, ferias de participación agrupada, exposiciones, misiones directas o jornadas técnicas.

¿Cuál es la finalidad de la ayuda?

La ayuda destinada a estas entidades colaboradoras persigue que puedan ejercer de manera eficaz la promoción de la internacionalización de la empresa española a través de la defensa de los intereses comerciales de las empresas del sector, la organización de actividades en el ámbito internacional, la canalización de la información comercial así como de facilitar el acceso de las empresas españolas a los mercados exteriores.

¿Cuáles son los requisitos para la concesión de las ayudas?

Las solicitudes han de contar con los siguientes requisitos:

1. La solicitante debe estar reconocida como entidad colaboradora.

2. La entidad colaboradora ha de tener suscrito convenio con ICEX.

3. Las actividades para las que se solicita la ayuda deben estar incluidas dentro del plan sectorial de 2016 con la entidad colaboradora o sin estar incluidas en dicho plan sectorial no hayan tenido apoyo del ICEX durante más de cinco ocasiones consecutivas en el mismo mercado.

4. La entidad colaboradora debe encontrarse al corriente de pagos a la Seguridad Social, a la Hacienda Pública y al ICEX y no haber sido sancionada con la pérdida del derecho a la percepción de subvenciones o ayudas públicas.

¿Cuál es el plazo y la forma de presentar las solicitudes?

Las entidades colaboradoras podrán presentar sus solicitudes desde el día siguiente al de su publicación en la página web hasta el 1 de diciembre de 2016.

La solicitud se realizará de conformidad con el modelo «Solicitud de ayudas 2016 a Entidades Colaboradoras de ICEX» que constituye el Anexo I de esta convocatoria. Esta solicitud se encuentra disponible en la página web de ICEX www.icex.es accediendo a través del epígrafe «Todos Nuestros Servicios», apartado «Ayudas-Convocatorias Entidades Colaboradoras». 

La presentación de las solicitudes deberá realizarse directamente de manera telemática a través del portal ICEX.

2 comentarios:

  1. Los emprendedores tenemos que saber nuestros derechos y que nadie nos los robe. Muchisimas Gracias.

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