lunes, 18 de enero de 2016

II PLAN DE LECTURA DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN 2016-2020.

Con la finalidad de impulsar las competencias exclusivas en materia de bibliotecas y patrimonio bibliográfico, atribuidas a la Comunidad de Castilla y León, se aprobó, por Acuerdo 50/2006, de 11 de abril, de la Junta de Castilla y León, el I Plan de Lectura de la Comunidad de Castilla y León, para el período 2006-2010.

Entre sus objetivos se hallaban poner al alcance de todos los ciudadanos de Castilla y León los medios adecuados y suficientes para hacer posible el desarrollo de los hábitos lectores y la capacidad para disfrutar del placer de la lectura.

Concluido el período de aplicación del I Plan de Lectura de Castilla y León, se ha elaborado el II Plan de Lectura de la Comunidad de Castilla y León, en adelante II Plan de Lectura, que se ha aprobado mediante ACUERDO 3/2016, de 14 de enero, de la Junta de Castilla y León, para el periodo 2016-2020.

Este II Plan de Lectura, se concibe como el marco estratégico para las actuaciones de la Administración Autonómica en materia de alfabetización, lectura, libro y bibliotecas. En términos generales, propone una estrategia autonómica basada en criterios de cooperación, sostenibilidad e innovación, en la que se encuadran y coordinan las actuaciones de las Consejerías, de las distintas Administraciones Públicas (Ministerios, Diputaciones Provinciales y Ayuntamientos) y de todo tipo de entidades públicas y privadas interesadas en dichas materias.


El II Plan de Lectura, que se enmarca en una estrategia global, se desarrolla en paralelo con el I Plan de Industrias Culturales y Creativas de la Comunidad de Castilla y León 2013-2016 y con el II Plan del Español como Lengua Extranjera de la Comunidad de Castilla y León 2013-2016. En él colaboran activamente tanto la Consejería de Educación a través de los planes de lectura de los centros docentes de la Comunidad de Castilla y León y de las ayudas para la adquisición de libros, como la Consejería de Economía y Hacienda a través del impulso del papel de la biblioteca como centro de cultura y ocio de las localidades y la mejora los servicios bibliotecarios móviles, y, por último, la Consejería de la Presidencia con las actuaciones formativas que se lleven a cabo para renovar y actualizar el perfil profesional del personal bibliotecario.

El II Plan de Lectura contempla una dotación de medios económicos y de todo tipo a las instituciones especialmente comprometidas con el aprendizaje y el fomento de la lectura, en particular la biblioteca pública, que actuará en estrecha colaboración con la familia y otras instituciones, especialmente las bibliotecas escolares.
Para su desarrollo el II Plan de Lectura se estructura en ocho líneas de actuación que recogen, a través de diversas acciones, las directrices y actuaciones que se van a implementar durante los cinco años de duración del citado plan.

La primera línea es La práctica de lectura y constituye el punto de partida del II Plan de Lectura, pues persigue dar la posibilidad a todos los ciudadanos, y especialmente a los más alejados de las prácticas lectoras, de sumergirse en esta habilidad intelectual. Tiene como objetivos básicos la creación de lectores, su mantenimiento y la facilitación del acceso a la lectura.

La segunda línea es La lectura digital y se centra en los nuevos soportes documentales y la diversificación de formatos y nuevas formas de lectura, así como en el desarrollo de competencias y destrezas en lectura digital. Para su consecución se han establecido tres objetivos concretos: poner a disposición de los usuarios una oferta equilibrada de contenidos digitales, desarrollar aplicaciones en un nuevo modelo de acceso a la información y a la lectura en movilidad, y capacitar al ciudadano en la utilización de los nuevos soportes.

La tercera línea, La participación ciudadana, pretende una mayor implicación del ciudadano y conseguir que sea un agente comprometido con planes y proyectos. Para lograr la participación ciudadana se han establecido tres objetivos: conocer la situación de partida, establecer flujos de comunicación permanente con la ciudadanía y convertir la biblioteca en un auténtico espacio social.


La cuarta línea, El medio rural, tiene como finalidad incrementar el nivel de lectura y escritura en el entorno rural para eludir el riesgo de exclusión. Tres son sus objetivos: elevar los índices de lectura del medio rural, impulsar el papel de la biblioteca como centro de cultura y ocio de la localidad, y mejorar los servicios bibliotecarios móviles.

La quinta línea, Otros agentes, se centra en la interlocución y la cooperación con los diferentes agentes profesionales del sector del libro y la lectura. Son entidades privadas como las librerías, editoriales, productoras y distribuidoras de contenidos audiovisuales y digitales, fundaciones, etc. y las personas individuales como los autores, ilustradores, creadores digitales e intérpretes, que seguirán jugando un papel en el fomento de la lectura, en la consolidación de los hábitos lectores y en la alfabetización.

Se contempla, como sexta línea de actuación de este Plan, Un nuevo perfil profesional, que incide en acciones formativas que renueven y actualicen el perfil profesional del bibliotecario, lo cual permitirá que pueda seguir desempeñando un papel activo en la educación permanente, en la alfabetización y en el fomento y consolidación de los hábitos de lectura.

La lengua es uno de los componentes esenciales de la identidad de Castilla y León. Por eso, la séptima línea del II Plan de Lectura, Lectura y lengua: el español, define las bibliotecas como centros de apoyo al español, como lugares de prácticas que permitan la interacción de los alumnos tanto con los usuarios como con el personal de las bibliotecas y, naturalmente, proporcionan bibliografía, información o referencia relacionados con la lengua, la cultura, el arte y la literatura en español.


Finalmente, Un nuevo marco normativo la octava línea de actuación, tiene como objetivo la creación de un nuevo marco normativo que se adapte a los tiempos actuales, a la irrupción de la nuevas tecnologías de la información y la comunicación, a las necesidades de mayor coordinación del Sistema de Bibliotecas de la Comunidad, así como la regulación de la creación, uso y preservación de los contenidos digitales de Castilla y León.

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