lunes, 8 de agosto de 2016

SUBVENCIONES PROYECTOS EMPRESARIALES. INCORPORACIÓN DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y DE LA COMUNICACIÓN EN LAS PYMES

En el BOCYL de 14 de julio de 2016 se ha publicado la convocatoria para la concesión de las subvenciones destinadas a financiar proyectos empresariales para favorecer la incorporación de las tecnologías de la información y la comunicación en las PYMES de Castilla y León, y las disposiciones específicas que la regulan.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

La concesión de subvenciones con destino a facilitar la incorporación de las tecnologías de la información y comunicación en las PYMES de Castilla y León, con la finalidad de mejorar su competitividad.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Podrán ser beneficiarias las PYMES que tengan su sede social o al menos un centro de trabajo en Castilla y León, que realicen proyectos empresariales dirigidos a incorporar nuevas tecnologías de la información o comunicación en su gestión, pertenecientes a los sectores y a las actividades indicadas en la convocatoria.

Se considera PYME la empresa que ocupa a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones EUR o cuyo balance general anual no excede de 43 millones EUR.

No podrán ser beneficiarias las PYMES que tengan por objeto social o realicen actividades relacionadas con cualquiera de los proyectos subvencionados.

¿Qué obligaciones tiene el beneficiario?

a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones.

b) Justificar ante la ADE, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión de la subvención.

c) Someterse a las actuaciones de comprobación que efectúe la ADE. Igualmente facilitar todas las actuaciones necesarias para el anterior fin, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.

d) Comunicar a la ADE la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, así como comunicar las ayudas totales obtenidas durante un periodo de tres ejercicios fiscales.

e) Acreditar con anterioridad a dictarse la resolución de concesión y previo al pago de la subvención que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

f) Acreditar mediante declaración responsable el cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad, o de la exención de dicha obligación, o en su caso de la no sujeción a ella, en el momento de la solicitud de la subvención.

g) Colaborar con la ADE y demás Administraciones Públicas en las obligaciones derivadas de la utilización de fondos estructurales de la Unión Europea en las subvenciones cofinanciadas.

h) Disponer de los libros contables en los términos exigidos por la legislación mercantil aplicable al beneficiario.

i) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.

¿Qué sectores son subvencionables?

Son admisibles todos los sectores a excepción de los siguientes CNAES DEL sector TIC,: 2611: Fabricación de componentes electrónicos. 2612: Fabricación de circuitos impresos ensamblados. 2620: Fabricación de ordenadores y equipos periféricos. 2630: Fabricación de equipos de telecomunicaciones. 2640: Fabricación de productos electrónicos de consumo. 2680: Fabricación de soportes magnéticos y ópticos. 5821: Edición de videojuegos. 5829: Edición de otros programas informáticos. 6110: Telecomunicaciones por cable. 6120: Telecomunicaciones inalámbricas. 6130: Telecomunicaciones por satélite. 6190: Otras actividades de telecomunicaciones. 6201: Actividades de programación informática. 6202: Actividades de consultoría informática. 6203: Gestión de recursos informáticos. 6209: Otros servicios relacionados con las tecnologías de la información y la informática. 6311: Proceso de datos, hosting y actividades relacionadas. 6312: Portales web.

¿Qué proyectos son subvencionables?

Podrán considerarse proyectos subvencionables los proyectos de consultoría de implantación de soluciones TIC que, incluyendo la adaptación de soluciones TIC a los procesos de gestión de la empresa, vayan ligados a una implantación efectiva de una o varias soluciones de mercado.

Estos proyectos deberán enmarcarse en alguno de los siguientes ámbitos de aplicación prioritarios:

-Industria 4.0, ligado a la presentación de un plan personalizado global de transición a Industria 4.0 de implantación de alguno/s habilitadores digitales y/o soluciones TIC.

- E-Commerce y Marketing Digital.

- Internet del futuro, que incluya soluciones relacionadas con nuevas arquitecturas para Internet, servicios convergentes y datos compartidos, orientadas a conseguir una interoperabilidad y conexión entre personas y máquinas sin frontera de tiempo y espacio.

-Soluciones para la vida independiente, que incluya soluciones técnicas o de gestión, para la promoción de la autonomía personal que mejoren la calidad de vida de las personas en situación de dependencia (personas mayores, discapacitados, enfermos crónicos, pluripatologicos y similares)

Los proyectos subvencionables incluirán al menos, una o varias soluciones Tic de las señaladas a continuación:

1. Aplicaciones de gestión intraempresa / interempresas:
1.1. Soluciones de negocio, con ámbito de aplicación.
1.1.1. Comercial (CRM para optimizar relación con clientes, E-commerce: Webs de comercio electrónico para venta de productos y servicios a los clientes de forma electrónica que incorporen el sistema de pago seguro en sus posibles interacciones: B2B (business to business: Empresas que comercian con otras empresas u organizaciones), B2C(business to consumer: Empresas que comercian con clientes…)
1.1.2. Financiero.
1.1.3. Marketing Digital: Soluciones relacionadas con la presencia en Internet mediante el desarrollo de aplicaciones enfocadas a la gestión de marketing, posicionamiento y/o gestión de redes sociales.
1.1.4. Recursos humanos (HRM).
1.1.5. Cadena de suministro (Proveedores, línea de producción, almacenes, logística, y clientes: ERP).
1.2. Soluciones de inteligencia y control sobre cada uno de los ámbitos de las soluciones de negocio.
1.3. Plataformas colaborativas que permitan la interacción entre varias compañías con sus posibles interacciones.

2. Soluciones TIC relacionadas con comunicaciones y tratamiento de datos, en los siguientes ámbitos:
2.1. Ciberseguridad
2.2. Computación y cloud
2.3. Conectividad que permita la monitorización y gestión en tiempo real: en la empresa: trazabilidad, mantenimiento predictivo, eficiencia energética…)
2.4. Movilidad

3. Soluciones TIC que permitan conectar el mundo físico y digital en alguna de las siguientes áreas de actuación:
3.1. Impresión 3D
3.2. Robótica avanzada
3.3. Sensores y sistemas embebidos

4. Cualquier otra solución TIC relacionada con Industria 4.0, Internet del futuro y soluciones para la vida independiente.


¿Qué requisitos deben reunir los proyectos?

a) El beneficiario, antes de comenzar a trabajar en el proyecto, debe presentar la solicitud de subvención, indicando el nombre y el tamaño de la empresa, la descripción del proyecto, incluidas sus fechas de inicio y finalización, la ubicación del proyecto, la lista de los costes del proyecto y el tipo de ayuda e importe de la financiación pública necesaria para el proyecto.

b) La implantación de los servicios avanzados se desarrollará en centros de trabajo ubicados en Castilla y León.

c) Para los proyectos enmarcados en el ámbito de aplicación prioritario “Industria 4.0” será necesario presentar un Plan personalizado de implantación que deberá incluir, a nivel de empresa, el estudio de aplicación en uno o varios de los procesos críticos de la empresa de alguno/s de los Habilitadores digitales (en consonancia con el informe preliminar del Ministerio de Industria, Energía y Turismo denominado la “Transformación digital de la industria española”). Este plan debe especificar datos económicos y tiempos de implantación por proceso y tecnologías.
d) Deberán alcanzar la puntuación mínima establecida en función de los criterios de valoración, que en su caso, se determine en esta convocatoria.

e) El proyecto deberá ser viable desde el punto de vista técnico.

f) Los proyectos presentados a esta convocatoria, relacionados con “computación y Cloud”, no podrán ser presentados a la Convocatoria destinada a fomentar la innovación en el ámbito tecnológico, de las pymes de Castilla y León.

g) Que la cuantía de coste subvencionable del proyecto sea igual o superior a 12.000 euros.

h) La duración máxima de los proyectos será de 12 meses

i) Todos los conceptos de gastos deberán haber sido ejecutados con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda y pagados antes de la finalización del plazo de justificación.

j) Se debe acreditar la capacidad técnica y profesional de las consultoras a contratar a través de documentación que acredite la experiencia del equipo de trabajo que realizará la implantación en los dos últimos años. Los trabajos de consultoría deberán realizarse por consultores con experiencia que no estén vinculados a través de acciones o participaciones ni directa ni indirectamente con la empresa solicitante.

¿Qué costes o gastos son subvencionables?

Se consideran costes o gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen con posterioridad a la presentación de la solicitud y dentro del plazo de vigencia establecido en la resolución y hayan sido efectivamente pagados con anterioridad a la finalización del plazo de justificación. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionados podrá ser superior al valor de mercado.

Se consideran costes subvencionables los gastos de consultoría prestados por consultores externos para la implantación de los proyectos subvencionables, que incluyendo la adaptación de soluciones identificadas en la base específica quinta a los procesos de gestión de la empresa, vayan ligados a una implantación efectiva de alguna de las soluciones de mercado. Los proyectos presentados deberán se desarrollados en un plazo máximo de 12 meses. El coste subvencionable del proyecto para resultar elegible debe ser igual o superior a 12.000 euros. Los trabajos de consultoría estarán realizados por consultores externos especializados que no estén vinculadas a través de acciones o participaciones ni directa ni indirectamente con la empresa solicitante.

No será subvencionable el hardware y ni el software informático en ningún caso, ni servicios de telecomunicaciones básicos ni los relativos al diseño e implantación de plataformas de formación on line (e-learning).


Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la Ley 38/2003, General de Subvenciones, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores con carácter previo a la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten, o suministren. La elección entre las ofertas presentadas, en su caso en la justificación de los proyectos, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa. Si siendo preceptiva la solicitud de varias ofertas, éstas no se aportaran o la adjudicación hubiera recaído, sin adecuada justificación, en una que no fuera la más favorable económicamente, el órgano concedente podrá recabar una tasación pericial del bien o servicio, siendo de cuenta del beneficiario los gastos que se ocasionen. En tal caso, la subvención se calculará tomando como referencia el menor de los dos valores: el declarado por el beneficiario o el resultante de la tasación.

El artículo 31 de dicha Ley establece que cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la Ley de Contratos del Sector público para el contrato menor, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, o salvo que el gasto se hubiere realizado con anterioridad a la subvención.

Se consideran contratos menores los contratos de importe inferior a 50.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 18.000 euros, cuando se trate de otros contratos. 

¿Cuál es la cuantía de las subvenciones?

La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido que se determinará como un porcentaje fijo máximo del 50% a aplicar sobre el coste subvencionable, atendiendo a la localización del centro de trabajo donde se vaya a desarrollar el proyecto:

1.- Si el centro de trabajo está situado en los municipios mineros incluidos en el anexo II de la Orden de Bases el porcentaje de ayuda será del 50%.

2.- Si el centro de trabajo está situado en un municipio de menos de 10.000 habitantes o de 3.000 si dista menos de 30 km de la capital de provincia el porcentaje de ayuda será del 45%.

3.- Si el centro de trabajo no se encuentra en ninguno de los municipios señalados anteriormente el porcentaje de ayuda será del 40%. Y en cualquier caso con el límite máximo de 25.000 euros por empresa para el total de las soluciones aprobadas con cargo a esta convocatoria.

¿Cuáles son los criterios de valoración para el otorgamiento de la ayuda?

Concepto
Puntuación máxima
Criterio de valoración
Puntuación
Tamaño de la empresa
20
Micro empresa y Pequeña empresa.
Mediana empresa.
20 puntos
10 puntos
Sectores RIS3
20
Sectores incluidos en la RIS3.
Resto de sectores.
20 puntos
10 puntos
Localización de la empresa
20
Localización del centro de trabajo del proyecto en municipios mineros incluidos en el anexo II de la Orden de Bases.
Localización del centro de trabajo del proyecto en municipios de menos de 10.000 habitantes o de 3.000 si dista menos de 30 km de la capital de provincia.
20 puntos
10 puntos
Tipología de proyecto
25
Proyectos con calidad técnica, de tipo Industria 4.0 o Implantación solución gestión Cloud.
Proyectos con calidad técnica de otra tipología incluida en esta convocatoria.
25 puntos
10 puntos
Aplicación en Medio Ambiente
5
La solución innovadora tiene efectos positivos en el medio ambiente (desarrollo sostenible): proyectos que contribuyan al uso más eficiente del agua y otros recursos, faciliten el uso de energías renovables, minimicen la generación de residuos y/o mejoren la gestión eficiente de recursos naturales, así como otros proyectos relacionados con Bioeconomía o economía circular.
5 puntos
Más de 30% de mujeres en plantilla
5
Superan el porcentaje.
5 puntos
Normativa de discapacidad
5
Empresas que acrediten tener un porcentaje en su plantilla trabajadores con discapacidad mayor al exigido legalmente.
5 puntos

No se considerarán elegibles los proyectos con una puntuación inferior a 40 puntos.

¿Cómo se tramitan las solicitudes y cuál es el plazo para presentarlas?

Las subvenciones se tramitarán y resolverán en concurrencia no competitiva atendiendo a su orden de presentación, en función de que la documentación esté completa y teniendo en cuenta las disponibilidades económicas.

La tramitación electrónica será obligatoria en todas las fases del procedimiento. La solicitud, acompañada de la documentación, se presentará telemáticamente según el modelo previsto en el formulario que podrá obtenerse en la sede electrónica de Administración de la Comunidad de Castilla y León https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es mediante firma electrónica avanzada en el registro electrónico de la Junta de Castilla y León. El certificado electrónico deberá corresponder al solicitante de la ayuda.


El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente de la publicación del extracto de la Convocatoria en el “Boletín Oficial de Castilla y León” y finalizará el día de la publicación de la Convocatoria que la sustituya o la publicación del cierre de la misma para poder hacer frente a las obligaciones derivadas conforme a las disponibilidades presupuestarias. Las solicitudes presentadas fuera de plazo se declararán no admitidas.

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