martes, 6 de diciembre de 2016

AYUDAS DIRIGIDAS A LA ADQUISICIÓN DE DISPOSITIVOS DIGITALES (TABLETS) PARA SU UTILIZACIÓN POR EL ALUMNADO QUE CURSE EDUCACIÓN PRIMARIA Y EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA

En el BOCYL de 24 de noviembre de 2016 se ha publicado la convocatoria de ayudas dirigidas a la adquisición de dispositivos digitales (tablets) para su utilización por el alumnado que curse Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León, para el curso 2016/2017.

¿Cuál es el objeto y requisitos de la convocatoria?

Convocar ayudas dirigidas a la adquisición de dispositivos digitales (tablets), en régimen de concurrencia competitiva, para su utilización por el alumnado que curse educación primaria y educación secundaria obligatoria en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León, para el curso 2016/2017.

Únicamente serán subvencionables los dispositivos, cuando el director del centro acredite la necesidad de su uso en clase para el tratamiento de recursos didácticos digitales de acuerdo con el plan de integración de las tecnologías de la información y la comunicación del centro; serán modelos que reúnan las características determinadas en el Anexo y se hayan adquirido en el período comprendido desde 24 de junio de 2016 hasta la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Se entenderá que cuentan con un plan de integración de las tecnologías de la información y la comunicación, aquellos centros que en sus documentos institucionales contemplen la integración organizada de las tecnologías en las distintas áreas del currículo.

En caso de resultar beneficiario de alguna de las ayudas de ésta convocatoria, no podrá volver a solicitarse otra con el mismo objeto y para el mismo alumno antes de que hayan transcurrido tres cursos escolares, incluyendo el curso 2016/2017

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

El padre, madre o tutor legal de los alumnos que cursen Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria, siempre que las rentas obtenidas por los miembros de la unidad familiar en el año 2015 no superen determinadas cuantías. La entidad o familia de acogida que ejerza la guarda del menor en los casos en que los alumnos tengan expediente de protección abierto por la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León.
¿Cuál es la cuantía de las ayudas?

Las cuantías de las ayudas, una vez determinada la renta per cápita de la unidad familiar (r.p.c.), serán los siguientes:

a) 90 euros, para magnitudes inferiores a los 2.500 € de r.p.c.

b) 65 euros, para magnitudes entre 2.500 € y 3.500 € de r.p.c. ambos inclusive.

c) 40 euros, para magnitudes superiores a 3.500 € de r.p.c.

En los casos en que los alumnos tengan expediente de protección abierto por la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, la cuantía de la ayuda a conceder será la máxima establecida.

¿Cuál es el procedimiento y el plazo de presentación de solicitudes?

La solicitud, una por cada alumno, podrá cumplimentarse a través de la aplicación informática disponible. Excepcionalmente el modelo podrá solicitarse en la secretaría del centro docente.

La solicitud se acompañara de FACTURA justificativa de la adquisición del material subvencionable correspondiente. La factura, una por alumno, se expedirá a nombre del padre, madre o tutor, indicando el curso o enseñanza en la que se va a usar el dispositivo.

El plazo para la presentación de solicitudes será de quince días naturales a contar desde el siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial de Castilla y León».


Desde el 25 de noviembre de 2016 hasta el 9 de diciembre de 2016.

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