domingo, 22 de enero de 2017

AYUDAS COMPLEMENTARIAS A BENEFICIARIOS DE AYUDAS PARA LA FORMACIÓN DE PROFESORADO UNIVERSITARIO. AYUDAS DE MOVILIDAD PARA ESTANCIAS BREVES Y TRASLADOS TEMPORALES

En el BOE de 17 de enero de 2.017 se ha publicado el extracto de la convocatoria de ayudas complementarias para el año 2017, destinadas a beneficiarios del subprograma de formación del profesorado universitario.

¿Cuál es el objeto y la finalidad de la convocatoria?

La concesión de  ayudas para estancias breves y traslados temporales tiene por objeto reforzar la internacionalización de la formación científica y capacidad técnica, mediante su incorporación a un centro o grupo de investigación relevante en el ámbito internacional y vinculado al campo científico, técnico o artístico correspondiente al contenido de la tesis doctoral para la que se concedió la ayuda. 

¿Cuál es la Tipología y la cuantía de las ayudas complementarias convocadas?

Se trata de 550 ayudas complementarias de movilidad para estancias breves en centros extranjeros, y excepcionalmente españoles, y 30 ayudas para traslados temporales a centros extranjeros que consistirán en:

a) Una ayuda mensual para gastos de manutención por un máximo de 1.500 €, un máximo de 50 € por día de estancia y alojamiento, complementaria a la ayuda para contrato. Consistirá en una dotación diaria para manutención de 25€ para las estancias en España.

b) Una ayuda para gastos de viaje, un máximo de 600 €, cuando el lugar de destino sea un país de Europa; y un máximo de 1.200 €, cuando el lugar de destino sea un país del resto del mundo. Para gastos de desplazamiento una ayuda hasta un máximo de 90€ dentro de la Península; hasta un máximo de 120€ a o desde Ceuta, Melilla y las Islas Baleares; hasta un máximo de 150€ a o desde las Islas Canarias.
c) Un seguro de accidentes y de asistencia sanitaria, en el caso de destinos en países sin cobertura de la Seguridad Social.

Las estancias breves tienen una duración de 2 o 3 meses,  y excepcionalmente, podrán tener 1 mes de duración si el destino es en un centro ubicado en España.

Los traslados Temporales tendrán una duración mínima de 6 meses y máxima de 9 meses.


¿Quiénes pueden ser beneficiarios de la convocatoria?

Las personas que se encuentren disfrutando de ayudas para la formación de profesorado universitario en la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes, que cumplan los requisitos que se especifican en la convocatoria para cada tipo de ayudas complementarias y que mantengan la condición de beneficiarios de ayudas para la formación de profesorado universitario  durante la actuación que financia la ayuda complementaria.

¿Cuál es el procedimiento y el plazo para la presentación de solicitudes?

El plazo para la presentación de solicitudes comenzó el 11 de enero de 2017 y finaliza el 30 de enero de 2017 a las 14:00 horas.

Las solicitudes se cumplimentarán en los formularios que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte hará accesible en su sede electrónica https://sede.educacion.gob.es. Junto a la solicitud se presentará:

a) Memoria justificativa que contenga información breve sobre el periodo de formación realizado y la previsión para la presentación de la tesis; objeto de la estancia y el plan de trabajo; información sobre la idoneidad del objeto de la estancia y del centro o grupo de investigación de destino en relación con la formación del solicitante; duración de la estancia; objeto de trabajo durante la estancia. La memoria justificativa deberá contar con el V.º B.º del director de tesis y su extensión máxima será de 1.000 palabras.

b) Acreditación documental de la aceptación del grupo o centro de investigación de destino, en el que se va a realizar la estancia o el traslado.

c) Autorización del centro de adscripción donde está realizando la tesis doctoral.

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